La prestación puede ser reconocida hasta los 23 años de edad siempre que el menor acredita la necesidad de tratamiento directo, continuo y permanente. Asimismo, se mantendrá la prestación económica hasta que el causante cumpla los 26 años si antes de alcanzar los 23 años acreditara, además, un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento
